El burofax no siempre funciona. Estos son los siguientes pasos legales para recuperar tu factura.
Da 10 días al deudor para responder tras recibir el burofax. Muchos pagan tras recibir la reclamación fehaciente.
Si la deuda es documentada (factura + burofax), puedes presentar un juicio monitorio. Si la deuda es ≤2.000€, no necesitas abogado ni procurador.
Se presenta en el juzgado de primera instancia del domicilio del deudor. El juzgado requiere el pago en 20 días. Si el deudor no paga ni se opone, se despacha ejecución.
Si la factura es impagada y han pasado los plazos del art. 80 LIVA (6 meses desde el devengo), puedes recuperar el IVA repercutido emitiendo factura rectificativa y presentando el modelo 952.