Guía paso a paso

Cómo calcular los 40€ de gastos de cobro (art. 8.1 Ley 3/2004)

Los 40€ por factura son gastos de cobro repercutibles al deudor cuando así se pacte en el contrato o se derive de la ley.

Pasos

  1. 1

    Verifica que el 40€ aplica

    El art. 8.1 Ley 3/2004 establece que los gastos de cobro son repercutibles al deudor cuando así se pacte en el contrato o se derive de la ley. El STS 612/2021 confirmó su exigibilidad.

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    Calcula el importe

    Los 40€ son una cantidad fija por factura impagada, no un porcentaje. Se aplica sobre cada factura reclamada en el momento del cobro.

  3. 3

    Inclúyelo en el burofax

    CobroBot genera el documento de reclamación de los 40€ junto con el burofax. El deudor ve la cuantía total: factura + 40€ + interés de demora.

  4. 4

    Reclama el interés de demora

    Además de los 40€, puedes reclamar el interés de demora del 10,15% (art. 7 Ley 3/2004) desde el vencimiento de la factura.

Preguntas frecuentes

¿Los 40€ son legales?
Sí. El art. 8.1 de la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad reconoce los gastos de cobro como repercutibles al deudor. El STS 612/2021 los confirmó.
¿Puedo reclamar los 40€ sobre facturas antiguas?
Sí, mientras no haya prescrito la deuda (5 años para obligaciones civiles). Los 40€ se aplican sobre la factura reclamada en el momento del cobro.

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