📈 Interés de demora (art. 7) · agricultura

Interés de demora (art. 7) para agricultura

Interés de demora (art. 7) para agricultura: Cálculo del interés de demora desde el vencimiento: tipo BCE + 8 puntos. La agricultura cobra por campaña y la tesorería se tensa justo cuando llega el impago: el proveedor agrícola no puede esperar al siguiente ciclo para reclamar.

CobroBot calcula el interés de demora del art. 7 de la Ley 3/2004 desde la fecha de vencimiento de la factura hasta el pago: tipo del BCE + 8 puntos porcentuales. Tasa vigente del 10,15% (publicada por la Secretaría General del Tesoro, segundo semestre de 2025 y primer semestre de 2026). Se suma al principal y a los 40€.

En agricultura, La agricultura concentra autónomos y cooperativas con facturación por campaña: la estacionalidad del cobro coincide con el momento de mayor tensión de caja. Las cooperativas arrastran impagos al socio proveedor. El flujo del sector es campaña o entrega a cooperativa → factura del suministro → recordatorio amistoso → burofax fehaciente. Con CobroBot, interés legal desde el vencimiento, no desde que reclamas.

Interés de demora (art. 7) en el flujo de agricultura

campaña o entrega a cooperativa → factura del suministro → recordatorio amistoso → burofax fehaciente. CobroBot inserta interés de demora (art. 7) en ese flujo:

  1. 1Indicas la fecha de vencimiento de la factura
  2. 2CobroBot calcula los días de demora hasta la fecha de reclamación
  3. 3Aplica el 10,15% anual sobre el principal (art. 7 Ley 3/2004)
  4. 4El importe del interés se incluye en el burofax

Qué ganas con Interés de demora (art. 7) en agricultura

La estacionalidad de la campaña concentra el riesgo de impago en momentos de caja ajustada
Las cooperativas pueden trasladar impagos al socio proveedor
Cada factura de campaña devenga 40€ (art. 8.1) más interés del 10,15%

Preguntas frecuentes

¿Interés de demora (art. 7) sirve para agricultura?
Sí. Cálculo del interés de demora desde el vencimiento: tipo BCE + 8 puntos. En agricultura, La agricultura concentra autónomos y cooperativas con facturación por campaña: la estacionalidad del cobro coincide con el momento de mayor
¿Desde cuándo se devenga el interés de demora?
Desde la fecha de vencimiento de la factura, no desde que reclamas. Cuanto más tarde reclames, más interés se acumula sobre el principal.
¿Cuál es el tipo del 10,15%?
Es el tipo de interés de demora del art. 7 de la Ley 3/2004: tipo del BCE + 8 puntos porcentuales, publicado por semestre por la Secretaría General del Tesoro. Vigente en el segundo semestre de 2025 y primer semestre de 2026.
¿Se actualiza el tipo?
Sí. El tipo se publica por semestre en el BOE. CobroBot lo actualiza cada semestre; el 10,15% corresponde a H2 2025 / H1 2026.

Audiencias en agricultura

Interés de demora (art. 7) en otros sectores