¿Qué es el concurso de acreedores?
El concurso de acreedores (Ley 22/2003, reformada por la Ley 16/2022) es el procedimiento judicial que gestiona la insolvencia de una empresa. Cuando tu cliente entra en concurso, la vía normal de cobro se suspende y se abre un procedimiento concursal.
Impacto en tu factura impagada
1. Suspensión de acciones individuales
Una vez declarado el concurso, no puedes demandar individualmente al deudor. Todas las reclamaciones se canalizan a través del concurso.
2. Comunicación de tu crédito
Debes comunicar tu crédito a la administración concursal en el plazo de 20 días hábiles desde la publicación del concurso en el BOE. La comunicación incluye:
- Factura original.
- Contrato o documento que acredite la relación.
- Burofax/email de reclamación previa (si lo enviaste).
- Justificante de no cobro.
3. Clasificación de tu crédito
Tu crédito se clasifica como:
- Ordinario: la mayoría de facturas comerciales. Se paga según la propuesta de convenio o liquidación.
- Privilegio general: si tienes un crédito laboral o fiscal.
- Privilegio especial: si tienes garantía real (hipoteca, prenda).
Las facturas comerciales B2B suelen ser crédito ordinario, que se paga con la quita y espera que fije el convenio.
¿Puedes recuperar el IVA?
Sí, y el concurso abre una vía alternativa al art. 80 LIVA:
- Vía concursal: la declaración de concurso acredita el "crédito incobrable" sin esperar los 6 meses. Puedes emitir la rectificativa y presentar el modelo 952 sin esperar el plazo sin cobro.
- Vía art. 80 LIVA: si ya se cumplió el plazo sin cobro, sigues la vía normal.
Importante: si ya emitiste la rectificativa y presentaste el 952, el IVA está recuperado. No puedes reclamarlo de nuevo en el concurso.
¿Qué pasa con los 40€ de gastos de cobro?
Los 40€ (STS 612/2021) se incluyen en tu crédito ordinario del concurso. Se pagan según el convenio (con quita y espera).
Cronología del concurso
- Declaración de concurso (auto judicial).
- Publicación en BOE.
- 20 días para comunicar tu crédito.
- Informe de la administración concursal (clasificación).
- Propuesta de convenio (quita, espera, o ambas).
- Aprobación del convenio y pago según lo acordado.
Conclusión
El concurso de acreedores no es el fin: es un procedimiento ordenado donde puedes recuperar parte de tu crédito y el IVA. Comunica tu crédito en 20 días y aprovecha la vía concursal del IVA. CobroBot + IVABot te preparan la documentación para la comunicación concursal.