¿Qué es la demanda monitoria?
La demanda monitoria es un procedimiento judicial rápido y sencillo regulado en los arts. 812 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Su objetivo: que el deudor pague en un plazo de 20 días hábiles, sin necesidad de juicio ordinario.
Si el deudor no paga ni se opone en esos 20 días, se dicta auto de ejecución y puedes embargar sus bienes directamente.
¿Cuándo puedo usarla?
Puedes interponer demanda monitoria cuando la deuda:
- Sea liquida, vencida y exigible.
- Esté documentada (factura, contrato, pagaré, etc.).
- No supere la competencia del Juzgado de Primera Instancia (generalmente hasta 250.000€).
Requisitos para facturas impagadas
Para una factura, necesitas:
- La factura original (o copia certificada).
- Acreditación del vencimiento (la propia factura con fecha de vencimiento).
- Acreditación del no pago (burofax de reclamación, email certificado, etc.).
- Datos completos del deudor (nombre, NIF/CIF, domicilio).
Paso 1: reclamación previa (burofax o email)
Aunque la LEC no exige reclamación previa para la demanda monitoria, es altamente recomendable:
- Demuestra buena fe ante el juez.
- Puede evitar costes judiciales innecesarios (muchas veces el deudor paga tras el burofax).
- Es requisito para reclamar los 40€ de gastos de cobro (STS 612/2021).
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Paso 2: preparar la demanda
La demanda debe contener:
- Datos del acreedor (nombre, NIF, domicilio, representación).
- Datos del deudor (nombre, NIF, domicilio).
- Hechos: descripción de la relación comercial, entrega de bienes/servicios, emisión de factura, vencimiento, reclamación previa.
- Peticiones: pago del importe + intereses de demora + 40€ de gastos de cobro + costes judiciales.
- Documentos: factura, burofax/email de reclamación, justificantes de entrega.
Paso 3: presentar en el juzgado
Puedes presentar la demanda:
- Presencialmente en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor.
- Telemáticamente a través de LexNET (con certificado digital).
Costes de la demanda monitoria
| Concepto | Importe aprox. |
|---|---|
| Tasa judicial | 100–400€ (según importe) |
| Procurador (si el deudor reside en otra ciudad) | 150–300€ |
| Abogado (obligatorio si importe > 2.000€) | 300–600€ |
| Total aproximado | 300–1.000€ |
Plazos del procedimiento
- Presentación de la demanda → el juzgado admite y notifica al deudor.
- 20 días hábiles para que el deudor pague u oponga.
- Si paga → fin del procedimiento (recuperas el dinero + costes).
- Si no paga ni se opone → auto de ejecución (puedes embargar).
- Si se opone → se transforma en procedimiento ordinario (juicio completo).
¿Puedo hacerlo sin abogado?
Sí, si el importe es igual o inferior a 2.000€. Por encima de esa cantidad, la Ley 1/1996 exige la asistencia de abogado y procurador.
Conclusión
La demanda monitoria es el arma más eficaz contra deudores recurrentes. Para deudas documentadas y líquidas, es rápida y económica. Antes de llegar a este punto, prueba CobroBot: generamos el burofax + 40€ que muchas veces basta para cobrar sin juicio.